La Junta Electoral abre expediente a Sánchez por su comparecencia en Moncloa tras convocar las elecciones
El organismo examinará si la rueda de prensa del 6 de octubre vulneró la neutralidad institucional y pide retirar las manifestaciones valorativas de los canales oficiales.

La Junta Electoral Central acordó el jueves 15 de octubre abrir un expediente sancionador al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por la rueda de prensa que ofreció desde la Moncloa el pasado día 6, después de la convocatoria de elecciones generales. La decisión responde a una denuncia del Partido Popular y examina el posible uso de recursos institucionales para difundir mensajes de contenido electoral.
La apertura inicia un procedimiento y no equivale a la imposición de una nueva multa. Según la información publicada por EFE, la instrucción puede desembocar en una sanción económica de entre 300 y 3.000 euros. Será la resolución del expediente la que determine las consecuencias del caso, por lo que no cabe presentar esa cuantía como una penalización ya acordada.
El límite de la comunicación institucional
La comparecencia se celebró después de un Consejo de Ministros que aprobó medidas sobre vivienda. El PP sostuvo que el presidente había aprovechado la sede del Gobierno para hacer balance de su gestión, criticar a la oposición y trasladar mensajes propios de campaña, incluida la petición de una mayoría parlamentaria más amplia. Esa es la conducta que ha motivado la intervención del organismo electoral.
La Junta pide que la Presidencia del Gobierno retire de su web y de los demás canales oficiales las manifestaciones contrarias al deber de neutralidad. También requiere a Sánchez que respete esa obligación durante el periodo electoral. EFE y RTVE sitúan el núcleo del acuerdo en el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y en los límites que impone a los actos de los poderes públicos una vez convocadas las elecciones.
Un expediente distinto de la convocatoria
RTVE explica que la Junta distingue la rueda de prensa del 6 de octubre de la declaración del día anterior, cuando se anunció la disolución de las Cortes. Respecto a esta última intervención, el organismo considera que no había comenzado el periodo electoral, aunque sí ordena retirar de los canales institucionales las valoraciones políticas que siguieran difundidas después.
La información de Reuters coincide en que la decisión afecta tanto a la conducta del presidente como a la permanencia de sus declaraciones en los medios oficiales. El requerimiento de retirada tiene, por tanto, un alcance propio: se refiere a la comunicación institucional durante el proceso electoral, además de la investigación de la comparecencia denunciada.
Las elecciones generales están convocadas para el 29 de noviembre. Hasta entonces, el acuerdo reclama que el ejercicio de las funciones del Gobierno respete las restricciones electorales. La Junta no convierte este expediente en una decisión sobre la validez de las medidas de vivienda aprobadas, una cuestión distinta del contenido político de la rueda de prensa.
Fuente: EFE, RTVE y Reuters, 15 de octubre de 2026.
Más información: EFE — apertura del expediente; RTVE — alcance del acuerdo; Reuters — neutralidad institucional.


